
El año 2023 estuvo marcado por la entrada en vigor de una nueva reforma de la Ley Concursal, que introdujo en el ordenamiento jurídico los nuevos procedimientos especiales para microempresas como alternativa a los procedimientos concursales ordinarios o 'tradicionales'. Los registradores contabilizaron el año pasado un total de 495 de estos procedimientos, en su gran mayoría (96,2%) de liquidación. El total de concursos de la muestra se redujo en un 17,8% tras el gran incremento experimentado en 2022 (que fue del 26,7%), así como también lo hicieron los pasivos inmersos en estos procedimientos (ordinarios y especiales) en más de un 50%, superando levemente los 5.000 millones de euros (10.500 en 2022). La concursada típica continúa perteneciendo al sector servicios (no inmobiliarios) e inicia el procedimiento con once años de antigüedad. Este año, sólo un 9,6% tendrían capacidad para cancelar sus deudas en 5 años, y el 66,3% han obtenido un resultado neto negativo.
Estas son algunas de las conclusiones extraídas del Anuario Concursal elaborado por el Colegio de Registradores.
La deteriorada situación financiero patrimonial en la que se encuentran las sociedades que inician el procedimiento, sea ordinario o especial, y voluntario en el 97% de los casos, se ha convertido en una característica estructural más del mismo: dos terceras partes tienen resultados netos negativos y más del 50% ni tan siquiera generan recursos positivos para atender su deuda. Aquellas sociedades que inician el procedimiento en 2023 presentan fondos propios negativos en el 47% de los casos (53,6% en 2022), y tan sólo el 16,5% habría tenido capacidad financiera suficiente como para cumplir un convenio aprobado dentro de los límites habituales de la Ley concursal (13% en 2022).
En 2023, la proporción de concursos de sociedades del ciclo de la construcción continuó estable alrededor del 20% (21,6%) manteniendo la distancia con el 27,3% de 2017. Del total de concursadas, el 63,2% de las sociedades pertenecen al sector de servicios no inmobiliarios.
Reasignación de recursos y recuperación del crédito
Este mismo año, de las 1.514 fases sucesivas iniciadas (convenio o liquidación), un 90,8% (87,9 en 2022) fueron liquidaciones directas, y un 6,7% (6,6 en 2022) liquidaciones procedentes de intentos fallidos de reestructuración. Por primera vez, las liquidaciones sobrepasan el 95% del total de fases sucesivas iniciadas (97,4%).
En más de 2.660 casos (2.800 en 2022 y 2.700 en 2021), se declaran concursos sin masa, es decir, sin recursos suficientes para atender los costes del procedimiento; y tan solo en 10 casos se inicia la fase de liquidación posterior, indicando así que finalmente sí disponían de recursos suficientes para sufragar el procedimiento concursal.
Con las novedades procesales introducidas por la Ley 16/2022 ha sido necesario realizar cambios metodológicos que afectan al análisis por tipo de tramitación (los procedimientos abreviados desaparecen), por lo que ahora se diferencia entre concursos de mayor y menor complejidad (por encima o por debajo de 5 millones de pasivos). Diferenciando por tipología, el 85,5% de los concursos de menor complejidad alcanzan la fase sucesiva (convenio o liquidación) en un año o menos, porcentaje sorprendentemente similar para los concursos de mayor complejidad (85,1%). Sea cual sea la tramitación, el procedimiento es típicamente más rápido en aquellos concursos solicitados por el deudor: voluntarios.
En 2023 se ha estimado que el concurso de menos complejidad típico (liquidatorio) tarda 351 días en concluir, 1.678 días (1.484 en 2022) si se excluyen los concursos sin masa y exprés (aquellos con conclusión de concurso simultánea a la declaración); mientras que los de mayor complejidad requieren de 2.430 días (2,877 en 2022 y 2.716 en 2021). La mayor parte de este tiempo, de nuevo, se consume en la fase de liquidación, siendo ajeno por tanto a cuestiones procesales.
Por su parte, los concursos denominados “sin masa”, con y sin nombramiento de administrador concursal, y que han concluido en 2023, han tenido una duración media de casi 70 días; y poco más de un mes un el 5% de los casos.
En 2023, de nuevo han sido las sociedades de la industria para la construcción las que reflejaron los peores niveles de viabilidad: en caso de generar recursos positivos (36,5% de los casos) requerirían 17 años para atender la totalidad de sus pasivos. Las dedicadas a las actividades inmobiliarias mantienen ese tiempo en 10 años, como en 2022 (frente a los 16 de 2021 y los 25 de 2020). La sociedad típica del subsector de la construcción con recursos generados positivos, alrededor del 45% del total, tardaría 14 años (16 en 2022, 10 en 2021) en atender todas sus deudas.