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Multa de 2,46 millones a los procuradores españoles por competencia desleal

Hacían creer que su plataforma sobre subastas judiciales era la única válida y también fijaba las comisiones que debían cobrar los colegios territoriales

F. A. Miércoles, 16 de Octubre de 2024
Sede el Colegio de Procuradores de MurciaSede el Colegio de Procuradores de Murcia


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado al Consejo General de Procuradores de los Tribunales (CGPE) por haber realizado una recomendación colectiva de precios y por difundir información engañosa sobre el carácter de su plataforma www.subastasprocuradores.com.

 

Las conductas, según afirman desde Competencia, han afectado al sector de la intermediación para realizar subastas extrajudiciales de bienes y derechos por parte de personas o entidades especializadas a través de medios electrónicos en España.

 

El expediente tuvo su origen en una denuncia de la entidad Activos Concursales. En diciembre de 2022, la CNMC inició un procedimiento sancionador contra el Consejo de los Procuradores por posibles prácticas anticompetitivas.

 

La Comisión que vela por los mercados explica que el expediente no versa sobre la utilidad de la puesta en marcha del portal o de que pueda competir en el mercado, sino únicamente sobre la recomendación por parte del CGPE de los honorarios a cobrar por los colegios de procuradores que usaran su portal y sobre la manera de publicitar sus servicios de entidad especializada.


 
Recomendación colectiva de precios

 

En mayo de 2016, el CGPE puso en funcionamiento http://www.subastasprocuradores.com (“la Plataforma”), una web a través de la que se subastan bienes muebles e inmuebles.

 

El CGPE fijó las comisiones a cobrar por los colegios de procuradores que utilizasen su plataforma. Salvo pacto en contrario, estas se fijaron en el 4% del precio de adjudicación (bienes inmuebles), y entre un 5% y un 15% del precio de adjudicación (bienes muebles).

 

En diciembre de 2016, tras modificar el convenio de adhesión, el porcentaje pasó del 4% a, como máximo, un 5% del precio de adjudicación de bienes inmuebles para el CGPE o los colegios que se adhiriesen.

 

El CGPE fijó, por tanto, unos precios máximos, mínimos o fijos a aplicar salvo pacto en contrario, que debía pagar el adjudicatario de la subasta. Los honorarios a cobrar se distribuían entre el Consejo General y los colegios de procuradores y procuradores que hubieran conseguido la designación de la plataforma.

 

Así, el Consejo promocionó su plataforma como la única alternativa a las subastas judiciales, realizadas a través del BOE, y a los colegios de procuradores como las únicas corporaciones de Derecho Público designadas por la Ley de Enjuiciamiento Civil para subastar bienes.

 

También organizó formaciones y sus miembros hicieron declaraciones a medios especializados aludiendo a un supuesto carácter público de su plataforma, con la que coadyuvaban a la Administración de Justicia.

 

De esta forma, se trasladó a los principales operadores públicos y privados la idea de que www.subastasprocuradores.com ofrecía una intermediación más segura y confiable, un acto de engaño susceptible de alterar el comportamiento económico de los destinatarios y perjudicar a los competidores.
 

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