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Que no cunda el pánico: los seguros responderán por los bienes asegurados dañados por la DANA

Lo harán a través del Consorcio de Compensación de Seguros del ministerio de Economía, que lo ha asegurado en un comunicado | También cubrirá a las personas aseguradas que han sufrido daños durante el temporal

S. MORENO Jueves, 31 de Octubre de 2024

 

El Consorcio de Compensación de Seguros del ministerio de Economía (CCS), en un comunicado, ha trasladado tranquilidad a las personas que están sufriendo el catastrófico temporal de estos últimos días.

 

Todo el que tenga seguro cobrará, se calculará el valor y los daños de los bienes involucrados y se pagará en consonancia con los mismos.

 

Los daños por inundación extraordinaria sí los indemniza el Consorcio al encontrarse dicha causa en la relación de los legalmente llamados “riesgos extraordinarios”.

 

Por tanto, el CCS asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se hayan producido y que continúen produciéndose con motivo de este episodio de inundación extraordinaria.

 

El requisito para acceder a la cobertura es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización al CCS.

 

El Consorcio indemnizará los daños producidos a personas aseguradas, además de los daños en los bienes asegurados, ya se trate de viviendas o la comunidades de propietarios.

 

También cubrirán vehículos automóviles (aunque el seguro sea el más barato, el clásico seguro de terceros), locales de oficina, establecimientos comerciales y de servicios y otros inmuebles, de uso no industrial; industrias, y obras civiles e infraestructuras, ya fueran todos los citados bienes de titularidad privada o pública.  

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