Viernes, 12 de Septiembre de 2025
Diario de Economía de la Región de Murcia
ECONOMÍALos precios de los alquileres no podrán subir ‘por ley’ más de un 2,2% este mes
  • Buscar

ARRENDAMIENTOS

Los precios de los alquileres no podrán subir ‘por ley’ más de un 2,2% este mes

Este es el primer índice de referencia publicado tras la aprobación de la Ley de Vivienda de 2023

S. MORENO Jueves, 02 de Enero de 2025

 

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este jueves el primer tope de subida de precio de los alquileres.

 

Ha marcado la subida máxima en el 2,2%, y se trata de la primera vez que se publica este tope en cumplimiento con la Ley de Vivienda 12/2023, que establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento de vivienda, entre las cuales se incluye el cálculo de un índice mensual de referencia para la subida del precio del alquiler.

 

Este índice, denominado como IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda) se calcula mensualmente como el valor mínimo entre la variación anual del IPC, el IPC subyacente y las tasas de variación anual ajustadas de ambos.

 

El cálculo mensual implicará que los contratos de alquiler que se actualicen en cada mes tendrá una referencia distinta (normalmente suele ser la fecha en la que cumplen un año o más). Para este mes de enero la referencia será la del 2,2%, calculada siguiendo los datos de noviembre de 2024 (el mes no vacacional más reciente).

 

Este primer tope del 2,2% se establece por debajo del IPC del mismo mes de noviembre, que fue del 2,4% (el principal instrumento de referencia usado por arrendadores antes de esta medida), por lo que dicho límite ya está teniendo cierta incidencia en los precios del alquiler. No obstante, si las comunidades autónomas no vieran suficiente esta limitación, está dentro de sus competencias intervenir más en el mercado.

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.