
El Banco de España y Bizum han firmado un convenio para el suministro de información sobre operaciones de pago. Estos datos irán agregados por sectores y países.
El objetivo del acuerdo, según informa el Banco de España, es utilizar la información global facilitada por Bizum sobre transacciones económicas entre particulares y sobre compras de comercio electrónico para “mejorar la elaboración, el análisis y la difusión de las estadísticas generales encomendadas al Banco de España”.
Además, subrayan, que estos datos permitirán que los investigadores de la institución puedan llevar a cabo estudios e investigaciones en materia económica y financiera en el ámbito de la economía española, europea e internacional, “asegurando la confidencialidad de la información manejada”.
Estos datos se pondrán también a disposición de la comunidad investigadora externa a través del Laboratorio de datos del Banco de España (BELab), un entorno controlado que garantiza la confidencialidad de la información y que desarrolla su función dentro de la dirección general de Estrategia, Personas y Datos del Banco de España.
El uso de Bizum entre particulares no es preciso declararlos a Hacienda siempre que no haya ánimo de lucro ni superen los 10.000 euros al año. Sin embargo, sí son frecuentes los movimientos o transacciones por el desempeño de una actividad económica o ganancia patrimonial, como por ejemplo, el cobro de alquileres. En ese caso sí deben declararse, sea cual sea su importe. Igual que deben hacer autónomos y empresas que utilicen esta plataforma de pago.
Asimismo, a partir del 1 de enero de 2026, con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, las entidades financieras estarán obligadas a informar mensualmente de todos los cobros por Bizum efectuados por autónomos y empresas, al margen de su importe, que hasta ahora de también de 10.000 euros al año.


