
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia ha resuelto que los nuevos servicios de Ouigo en la ruta Alicante – Elche – Murcia no comprometen el equilibrio económico de los servicios públicos mediante el contrato entre el Gobierno y Renfe Viajeros, por los que autoriza su ampliación.
Renfe Viajeros presta dos tipos de servicios con obligaciones de servicio público en esta ruta: en la red convencional (de Cercanías y Media Distancia Convencional) y en la red de alta velocidad (los de Media Distancia en Alta Velocidad, también llamado Avant).
El servicio de Ouigo consiste en dos servicios por sentido y día de alta velocidad entre Alicante y Murcia, y un servicio adicional por sentido al día, también de alta velocidad, entre Murcia y Elche (tres en total en este tramo).
Competencia, a solicitud del ministerio de Transportes, ha realizado la preceptiva prueba de equilibrio económico del contrato. El método que emplea establece que lo primero es analizar si los usuarios de los servicios que presta Renfe con obligaciones de servicio público considerarían los nuevos servicios de alta velocidad sustitutivos. La CNMC concluye que en este caso no, con lo que deben autorizarse los servicios propuestos por Ouigo.
Los nuevos servicios de Ouigo y los servicios públicos en la red convencional no son sustitutivos porque los servicios de Cercanías y Media Distancia Convencional tienen muchas paradas intermedias y los de Ouigo tienen pocas o ninguna. Hay también mucha diferencia en los tiempos de viaje.
Tampoco son sustitutivos, considera Competencia, los nuevos servicios de Ouigo y los servicios públicos de alta velocidad, porque los primeros tienen muchas menos frecuencias y son más caros.




