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Competencia multa con 5 M€ a Naturgy por vetar contadores eléctricos que no fueran los suyos

También impone a su filial UFD Distribución Eléctrica la prohibición durante cuatro meses de contratar con las administraciones públicas

Nuevo Digital Viernes, 19 de Diciembre de 2025

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 5,08 millones a UFD Distribución Electricidad, perteneciente al Grupo Naturgy, por restringir la competencia en el mercado de instalación de contadores eléctricos entre mayo de 2018 y mayo de 2021.


El derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean especialmente responsables de no restringir la competencia ni en el mercado que dominan ni en los mercados conexos.

 

En concreto, la realización de actuaciones sin amparo normativo que tengan la capacidad de producir efectos de exclusión será abusiva, con independencia de la intencionalidad de la conducta.


En este caso, UFD interpretó indebidamente que la obligación de integrar todos los contadores del segmento doméstico en los sistemas de telegestión de la distribuidora era aplicable también a determinados tipos de contadores en el segmento industrial.

 

Esta conducta se tradujo en la imposición de requisitos no previstos en la normativa y en la denegación o retraso en la instalación y activación de equipos de medida propiedad de otras empresas de servicios de medidas y clientes industriales.


Aunque la empresa corrigió internamente esta interpretación en mayo de 2021, con sus prácticas restringió la competencia y la capacidad de elección de los consumidores y operadores alternativos.


La investigación se inició a partir de una denuncia de las empresas Axon Time y Enerlin Ingenieros contra UFD por posibles prácticas contrarias a la normativa de competencia. En abril de 2023, la CNMC llevó a cabo inspecciones en dos sedes del Grupo de y en noviembre de 2023 inició un procedimiento sancionador contra UFD.


Sanciones y obligaciones


Además de la sanción económica, UFD tendrá prohibido contratar con el sector público en todo el territorio nacional por una duración de cuatro meses. La prohibición afecta a contratos de obras, suministros y servicios vinculados al mercado de instalación de equipos de medida eléctrica y su puesta a disposición en puntos de suministro de baja tensión afectados por la conducta, salvo cuando UFD esté obligada a hacerlo según la normativa sectorial.


Otras obligaciones que impone Competencia a UFD son que debe activar los equipos de telemedida propiedad de terceros ya instalados y permitir la instalación y activación de nuevos cuando lo solicite el cliente; también debe permitir la instalación de equipos de medida eléctrica amparados normativamente e informar a los titulares de los puntos de suministro afectados, así como a publicar en su web las nuevas obligaciones.
 

El Nuevo Digital Murcia

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