Test de embarazo que el Gobierno pretende que se sigan vendiendo exclusivamente en farmacias
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra varios preceptos del Real Decreto que regula los productos sanitarios para diagnóstico in vitro. En concreto impugna los artículos que restringen la venta al público de pruebas de autodiagnóstico como los test de embarazo, de covid o de gripe y limita su venta a las farmacias.
Se trata del artículo del Real Decreto que establece que solo se permite vender productos de autodiagnóstico en farmacias, de forma presencial o en sus propias páginas web, y no a través de plataformas digitales conocidas como marketplaces. También se impugna el artículo que prohíbe vender estos productos a través de máquinas expendedoras, a pesar de que la normativa sí permite este canal para otros productos sanitarios no sujetos a prescripción.
Competencia, según señala, ya había advertido de este tipo de restricciones a la competencia en distintos informes, incluido uno sobre el proyecto de Real Decreto.
Efectos sobre la competencia y los consumidores
Entiende este organismo público de defensa de la competencia y de los consumidores que las medidas impugnadas son desproporcionadas: reducen la competencia de forma innecesaria, pueden elevar los precios, restringen el acceso a estos productos y limitan los puntos de distribución, lo que puede dificultar la gestión de situaciones excepcionales de alta demanda con riesgo de desabastecimiento.
Por un lado, los requisitos necesarios de seguridad, conservación y trazabilidad pueden garantizarse en aquellos establecimientos que ya cumplen con normas estrictas para vender sus productos (como las parafarmacias o las droguerías). Además, los prospectos ya ofrecen la información de uso necesaria, que puede complementarse con asesoramiento en las farmacias o centros de salud.
En otros países, las pruebas de autodiagnóstico se venden en supermercados, parafarmacias, droguerías o plataformas online. En esos casos, mejora la disponibilidad, aumenta la competencia y bajan los precios. Asimismo, en situaciones de alta demanda como la pandemia de covid, se agiliza la respuesta y se reducen los riesgos de desabastecimiento.
Por otro lado, la CNMC también considera desproporcionado limitar la venta en línea de estos productos a las páginas web de las farmacias ―descartando el uso de intermediarios o marketplaces, aunque los vendedores sean establecimientos autorizados.
Además, considera excesivo prohibir la venta en máquinas expendedoras, incluso en farmacias, cuando este canal podría cumplir con las condiciones de seguridad, conservación y trazabilidad que se exigen con otros productos sanitarios o alimentarios. Su exclusión elimina una vía de acceso especialmente útil fuera del horario de apertura.


