La Manga concentra un gran número de alojamientos turísticos de toda índole
El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a fallar en contra del registro único de alquileres temporales. Primero estimó un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalitat Valenciana, y ahora lo ha hecho con otro similar presentado por el Gobierno de la Región de Murcia. De esta forma, insiste en declarar nula creación de la Ventanilla Única Digital de arrendamiento de alojamientos de corta duración, como viene recogida en el Real Decreto de 23 de diciembre de 2024.
El Gobierno de la Región de Murcia valora la decisión del alto tribunal, que concluye que el Estado carecía de competencias suficientes para implantar un registro estatal obligatorio que se superponía a los sistemas autonómicos ya existentes, invadiendo competencias propias de las comunidades autónomas, y diferencia entre las obligaciones de coordinación e intercambio de información derivadas del reglamento europeo y la creación de un registro administrativo estatal único, que considera contrario al reparto competencial constitucional.
Con posterioridad al pronunciamiento del tribunal, realizado a comienzos de este mes de junio, la consejera de Turismo, Carmen Conesa, se dirigió por escrito al ministro del ramo, Jordi Hereu, solicitando la convocatoria de una Conferencia Sectorial para abordar la situación a que da lugar la sentencia del Tribunal Supremo, sin que hasta el momento se haya producido respuesta alguna al respecto.
El Gobierno regional mostró desde el primer momento su rechazo a la norma citada, por entender que excedía las obligaciones derivadas de la normativa europea y que pretendía sustituir o superponerse a los registros autonómicos ya existentes en materia turística, por lo que el 20 de mayo de 2025 interpuso el recurso sobre el que ahora ha resuelto el Tribunal Supremo.
Además, advirtió de que el sistema diseñado por el Gobierno central contravenía el propio espíritu de la normativa europea de aplicación, ya que la implantación de un registro estatal obligatorio, paralelo a los registros autonómicos, suponía una evidente duplicidad administrativa expresamente desaconsejada por la normativa comunitaria y alejada de los principios de simplificación administrativa, coordinación y proporcionalidad que inspiran el reglamento europeo.
A la vez, el Gobierno regional defendió que la Comunidad ya dispone de instrumentos propios de control, inspección y registro de viviendas de uso turístico, adaptados a la realidad territorial y turística de la Región, por lo que la creación de un registro estatal único suponía una carga burocrática innecesaria tanto para propietarios como para administraciones públicas.
En este sentido, el Ejecutivo autonómico recuerda que en la Región de Murcia se desarrolla desde hace años una intensa labor de inspección, control y regularización de este tipo de alojamientos, reforzada desde hace dos años con una unidad especial de trabajo que ha permitido localizar viviendas no regularizadas y favorecer que, en su mayoría, hayan adaptado su situación para cumplir con todos los requisitos establecidos en el decreto autonómico que regula esta actividad.


