
El ministerio de Consumo ha impuesto una sanción de un millón de euros a la empresa de alquiler de coches Avis por llevar a cabo prácticas abusivas. La empresa cobraba una tasa de entre 33,88 euros y 45 euros en concepto de gastos de gestión de sanción administrativa a la clientela que hubiera sido sancionada con una multa de tráfico en el momento que tenían uno de sus vehículos en alquiler. Avis hacía este recargo por gestionar el pago de la multa y comunicar a la administración la identidad de la persona infractora, una gestión a la que está obligada por ley, por eso Consumo lo considera una práctica abusiva.
La resolución de Consumo concluye que esta cláusula es abusiva porque vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En concreto, considera que impone el pago de un servicio a la clientela que responde al cumplimiento de una obligación legal de la empresa y establece una carga económica desproporcionada que rompe el equilibrio contractual en perjuicio de la persona consumidora.
La resolución recuerda que la identificación del conductor responsable de una infracción constituye una obligación legal del titular del vehículo, de acuerdo con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. En el caso de las empresas de alquiler, esta obligación se cumple facilitando a la Administración la identidad de la persona arrendataria o, en su caso, el contrato de alquiler, por lo que no puede repercutirse a la clientela un coste adicional por realizar un trámite que la ley impone al titular del vehículo.
El expediente nace tras una denuncia presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca EKA/ACUV Euskal Kontsumitzaileen Alkartea (EKA/ACUV) y con esta resolución agota la vía administrativa, pero puede recurrirse en los tribunales.


